El Congreso aprueba la Ley de Seguridad Privada
La nueva normativa amplía las competencias de los vigilantes
de seguridad.
El Congreso ha dado el visto
bueno definitivo a la nueva Ley de Seguridad Privada, que amplía las
competencias de los vigilantes y les habilita para nuevas funciones como el
control del perímetro exterior de las cárceles y centros de internamiento de
extranjeros o la "participación en la prestación de servicios encomendados
a la seguridad pública, complementando la acción policial". Para su
entrada en vigor, ya sólo resta su publicación en el Boletín Oficial del Estado
(BOE).
Los aspectos más polémicos de
esta nueva Ley de Seguridad Privada son los referidos a las competencias que
otorga a los agentes de seguridad privada en su artículo 41.
Así, finalmente, los vigilantes
no podrán patrullar por las zonas comerciales. Sin embargo, sí se mantienen el
resto de funciones que figuraban en el redactado original de la reforma, de
manera que los agentes de seguridad privada podrán hacerse cargo del control
del perímetro exterior de las cárceles y los centros de extranjeros.
También, con autorización previa,
los agentes jurados podrán vigilar polígonos industriales y urbanizaciones
(incluidas sus vías o espacios de uso común), complejos o parques comerciales y
de ocio que se encuentren delimitados así como acontecimientos culturales,
deportivos o cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en
vías o espacios públicos o de uso común.
Otro de los puntos de la Ley que
ha provocado más debate durante su tramitación parlamentaria es el relativo a
la potestad de los vigilantes para detener a ciudadanos que hayan cometido un
delito. En este sentido, según ha destacado el Gobierno, las competencias de
los vigilantes de seguridad privada para detener son las mismas con las que
cuenta cualquier otro ciudadano desde la Ley de Enjuiciamiento Criminal de
1882, por la cual, cualquier ciudadano puede detener a otro si le descubre
cometiendo un delito, si se ha fugado de prisión o si se encuentra huido de la
Justicia.
El texto final aprobado mantiene
la potestad de los agentes de seguridad privada para practicar detenciones en
el ejercicio de su labor, así como anotar datos personales de los delincuentes
para trasladarlos después a las autoridades. Sin embargo, no les permite
averiguar o comprobar estos datos, como figuraba en el texto inicial y que fue
modificado durante su tramitación en el Senado.
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